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Residencia Permanente
(I-485)
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General Elegibilidad (hay excepciones):
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Usted es el beneficiario de una petición de inmigrante (familia, empleo, inmigrante especial, o victimo de abuso), U-Visa, T-Visa, o concesión de asilo, o otra categoría;
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Usted cumple con calificaciones específicas dependiendo en su categoría de elegibilidad; y
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No se aplicarán barras de entrar o motivos de inadmisibilidad.
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Datos Interesantes:
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Si usted está casado con un ciudadano de los Estados Unidos y entró en el país en una manera legalmente usted podría ser elegible para aplicar por su Tarjeta Verde al mismo tiempo que su petición I-130.
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Usted debe obtener un examen médico por un doctor especifica para solicitar su tarjeta verde.
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Decidiendo si usted es elegible para esta forma de alivio es complicado. Por favor llamar para una consulta si cree que podría ser elegible.