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Residencia Permanente  

(I-485)

General Elegibilidad (hay excepciones):

  • Usted es el beneficiario de una petición de inmigrante (familia, empleo, inmigrante especial, o victimo de abuso), U-Visa, T-Visa, o concesión de asilo, o otra categoría;

  • Usted cumple con calificaciones específicas dependiendo en su categoría de elegibilidad; y

  • No se aplicarán barras de entrar o motivos de inadmisibilidad.

Datos Interesantes:

  • Si usted está casado con un ciudadano de los Estados Unidos y entró en el país en una manera legalmente usted podría ser elegible para aplicar por su Tarjeta Verde al mismo tiempo que su petición I-130.

  • Usted debe obtener un examen médico por un doctor especifica para solicitar su tarjeta verde.

Decidiendo si usted es elegible para esta forma de alivio es complicado. Por favor llamar para una consulta si cree que podría ser elegible.

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